Berros denunció al fiscal Federal de Viedma Escandell por solicitar el archivo de la denuncia contra Weretilneck por violar la veda electoral en el 2025

El legislador provincial José Luis Berros denunció al fiscal Marcos José Escandell por impulsar el archivo de la denuncia que investiga al gobernador Weretilneck por violar la veda y normas electorales durante la elección de octubre de 2025.

21 de octubre de 2026
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Berros denunció al fiscal Federal de Viedma Escandell por solicitar el archivo de la denuncia contra Weretilneck por violar la veda electoral en el 2025
Berros denunció al fiscal Federal de Viedma Escandell por solicitar el archivo de la denuncia contra Weretilneck por violar la veda electoral en el 2025

El legislador y presidente del bloque Vamos Con Todos presentó una denuncia disciplinaria ante la Procuración General de la Nación contra el fiscal federal interino con competencia electoral en Río Negro por su actuación en la causa que investiga presuntas violaciones al Código Electoral Nacional por parte del gobernador Alberto Weretilneck y candidatos de la alianza oficialista “Juntos Defendemos Río Negro” durante la última elección nacional.

La presentación judicial denuncia que el fiscal Escandell solicitó el archivo de la causa, con la consecuente paralización de la investigación judicial, argumentando que los candidatos y funcionarios denunciados por violar el Código Electoral Nacional no ganaron las elecciones.

“Ese razonamiento confunde el resultado de una elección con la existencia de una posible infracción electoral. La legalidad electoral no puede depender de quién gana o quién pierde. Las reglas deben cumplirse siempre, y las posibles infracciones deben investigarse con independencia del resultado de las urnas. Que una fuerza política no haya ganado no demuestra que no haya existido una conducta prohibida, ni convierte en lícito aquello que la ley sanciona”, manifestó el legislador Berros.

La denuncia que pretenden archivar investiga las irregularidades de Juntos Somos Río Negro durante la última elección nacional y la violación del artículo 64 quáter del Código Electoral Nacional, que prohíbe expresamente realizar actos de gobierno o políticas públicas que puedan ser utilizadas por el oficialismo para captar votos a favor de candidatos a cargos públicos electivos nacionales.

Entre los hechos denunciados se señala la malversación de caudales públicos a través de la triangulación de fondos enviados a entidades deportivas para la contratación de artistas con motivo del evento realizado por el Gobierno de Río Negro el 1 y 2 de octubre de 2025 por el Día Internacional de las Personas Mayores. Actos realizados y difundidos en redes sociales en plena veda electoral con la participación de los candidatos del partido provincial.

En este marco, la denuncia por grave negligencia e incumplimiento de sus deberes funcionales presentada contra el fiscal Escandell, en los términos del artículo 68 incisos b) y e), de la Ley 27.148, remarca que no existe una decisión judicial que haya determinado la inexistencia del delito electoral por parte del oficialismo provincial y explica que lo único que impulsa el archivo de la causa es el dictamen del fiscal, sustentado en la derrota electoral de Juntos Somos Río Negro para descartar la relevancia de los delitos puestos a su conocimiento.

Asimismo, la presentación desarticula el dictamen del fiscal al demostrar que resulta incorrecto considerar que una eventual maniobra electoral sería inocua por no haber permitido ganar una elección ya que desconocería la Ley 26.215 de Financiamiento de los Partidos Políticos.

“Sostener que no existe una conducta irregular porque los candidatos denunciados no ganaron implica desconocer que el ordenamiento jurídico asigna relevancia económica y jurídica a los votos obtenidos, aun cuando no alcancen para conquistar una representación legislativa”, explica la nueva presentación judicial de Berros.

La argumentación legal del escrito se apoya en que el artículo 9 de la Ley 26.215 de Financiamiento de los Partidos Políticos establece que el 80 % de los recursos del Fondo Partidario Permanente se distribuye proporcionalmente a la cantidad de votos obtenidos por cada partido en la última elección de diputados nacionales, conforme los requisitos legales.

“Los votos no solo determinan quién obtiene una banca: también inciden en la distribución de recursos públicos destinados al financiamiento de los partidos políticos. Que no hayan ganado no significa que la eventual infracción haya sido inocua” declaró el legislador Berros.

El fiscal electoral tenía la obligación de examinar con debida diligencia los hechos denunciados, evaluar las pruebas y, de corresponder, promover la acción ante el juez competente. La facultad de imponer una sanción corresponde al órgano judicial, pero ello no exime al Ministerio Público Fiscal de su responsabilidad de impulsar el control de la legalidad electoral.

En consecuencia, se solicitó a la Procuración General de la Nación que evalúe la conducta del fiscal Escandell, investigue su eventual responsabilidad disciplinaria y adopte las medidas que correspondan conforme a la Ley 27.148 y al Reglamento Disciplinario del Ministerio Público Fiscal.


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