Nueva presentación judicial de UPCN contra el control biométrico facial en Río Negro
UPCN pidió "la declaración de invalidez y, subsidiariamente, de inaplicabilidad de la Resolución N° 986/2026".

La seccional Río Negro de la Unión Personal Civil de la Nación (UPCN) presentó una demanda en la Cámara del Trabajo de Viedma contra «el Poder Ejecutivo Provincial, el Ministerio de Salud y el Consejo Provincial de la Función Pública y Reconversión del Estado» para «obtener la declaración de invalidez y, subsidiariamente, de inaplicabilidad de la Resolución N° 986/2026 respecto de la totalidad de los trabajadores dependientes del Ministerio de Salud de Río Negro alcanzados por la imposición obligatoria del sistema de reconocimiento facial».
La presentación, a cargo de los abogados Gustavo Avila y Gastón Suracce se produjo tras el rechazo de la jueza Ana Carolina Scoccia, de la Unidad Procesal N° 5, al amparo presentado por la entidad gremial contra la puesta en funcionamiento de ese sistema de registro en el área de Salud de la Provincia.
En el escrito, los letrados incluyen a todos los trabajadores que «hayan exteriorizado o no oposición individual y de que se encuentren o no enrolados al momento de promoverse esta acción» porque «la pretensión de fondo cuestiona la validez objetiva de la regla general impuesta por el Estado empleador y sus efectos sobre todo el universo sometido obligatoriamente a ella, con los alcances y consecuencias que se desarrollan en la presente demanda».
Piden «con carácter urgente e inaudita parte una medida cautelar de alcance subjetivo deliberadamente más restringido» y «la protección provisional se pide únicamente respecto del subgrupo integrado por trabajadores alcanzados por la Resolución N° 986/26 que hayan exteriorizado de manera acreditable su oposición al reconocimiento facial y que todavía no hayan sido enrolados en el sistema».
Además, «solo respecto de ese subgrupo se solicita conservar el estado existente, evitando que durante la sustanciación del proceso pueda obligárselos a tomarse la fotografía o a realizar cualquier otro procedimiento de captación de sus rasgos faciales destinado a registrarlos e incorporarlos al sistema de reconocimiento facial. De este modo, el colectivo cautelar no se identifica ni se confunde con el colectivo comprendido por la pretensión principal».
El pedido incluye «como medida cautelar, y con alcance subjetivo distinto y más restringido que el de la
pretensión principal, se ordene a la Provincia de Río Negro mantener, hasta el dictado de la sentencia definitiva o nueva decisión judicial, la situación existente exclusivamente respecto de los trabajadores del Ministerio de Salud que hayan exteriorizado oposición acreditable al reconocimiento facial y que aún no hayan sido incorporados al sistema biométrico, absteniéndose durante ese período de requerirles el acto inicial de captación de rasgos faciales y generación del registro biométrico necesario para su incorporación».
También solicitan «se haga lugar a la demanda respecto del colectivo general definido y se declare la invalidez y/o inaplicabilidad de la Resolución N° 986/26 respecto de la totalidad de los trabajadores dependientes del Ministerio de Salud alcanzados por su imposición obligatoria, con los restantes efectos definitivos solicitados en el objeto».
«Subsidiariamente, para el supuesto de que se atribuya al artículo 5, inciso 2, apartado b), de la Ley 25.326 el alcance de autorizar por sí solo la imposición del reconocimiento facial sin consentimiento, sin ley específica y sin las salvaguardas reforzadas correspondientes, se declare su inconstitucionalidad en ese alcance interpretativo y para su aplicación al presente caso».
Indicaron los abogados que «la promoción de esta demanda no reedita el amparo colectivo anteriormente intentado ni procura obtener por otra vía una decisión que haya sido denegada sobre el fondo. Por el contrario, asume la razón procesal que condujo al rechazo de aquella acción y adopta precisamente el cauce de conocimiento amplio que permite producir y controlar la prueba necesaria para resolver las cuestiones técnicas y jurídicas controvertidas».
FUENTE: DIario Rio Negro
Otras noticias de Rio Negro

"Revés para ASSPUR, queda firme el control biométrico en Salud", anunció el Gobierno
30 de septiembre de 2026
En San Javier falta poco para estrenar el acceso pavimentado
29 de septiembre de 2026



