
Tres años de prisión en suspenso para un estafador de Viedma fue en lo que concluyó un juicio abreviado
Se llevó a cabo la audiencia de Juicio abreviado sobre una estafa de un total de 350 mil pesos, en la Sala B de la Cámara en lo Criminal de la Primera Circunscripción con asiento en Viedma con el Juez Guillermo Bustamante como vocal a cargo del trámite y la asistencia del Secretario Juan Pedro
Se llevó a cabo la audiencia de Juicio abreviado sobre una estafa de un total de 350 mil pesos, en la Sala B de la Cámara en lo Criminal de la Primera Circunscripción con asiento en Viedma con el Juez Guillermo Bustamante como vocal a cargo del trámite y la asistencia del Secretario Juan Pedro Peralta. Se ofreció el trámite de juicio abreviado y el imputado aceptó el cargo de estafa y una pena de tres años de prisión en suspenso. Resta la resolución del juez.
Estuvieron presentes en la audiencia: el Fiscal de Cámara Fabricio Brogna, el imputado Javier Arnaldo Cuya y su defensor Roberto Gaviña.
Se le atribuye al acusado los hechos que, en fecha no precisada con exactitud pero ubicable entre el 5 y el 20 de enero de 2009, Javier Arnaldo Cuya -haciéndose pasar por Ricardo Lombardo y manifestando que actuaba en representación de la firma “Alfalfa y Forraje de la Patagonia” y “Quequen S.A.” de Viedma-, le habría adquirido a una firma local cubiertas radiales para camión y camioneta. 291 eran parca Pirelli y 333 cubiertas marca Fate, por la suma 350000 pesos. El pago fue abonado parcialmente mediante cheques de 6000, 6500, 7500, 600 y 12500 pesos, todos de la cuenta corriente de la empresa “Alfalfa y Forrajes de la Patagonia”.
Posteriormente la firma vendedora tomó conocimiento que el pago recibido pertenecía a chequeras que habían sido denunciadas como sustraídas de la cuenta corriente de Alfalfa y Forrajes de la Patagonia. En la maniobra estafatoria el imputado podría haber estado acompañado por otras dos personas identificadas.
El otro hecho habría ocurrido en Viedma en fecha no determinada con exactitud, pero ubicable entre los días 20 y 22 de enero de 2009, en circunstancias en que el imputado, haciéndose llamar por otro nombre, se habría presentado en el domicilio de un transportista de carga, y habría ofrecido a este en venta cubiertas para camión. Ante la falta de disponibilidad de dinero en efectivo por parte del comprados, Cuya se mostró interesado en adquirir un jeep que aquel tenia para la venta en su domicilio. Acordaron permutar el jeep por ocho cubiertas para camión nuevas, medida Nº 12, operación que se realizó luego de unos minutos de cerrado el acuerdo. Una semana después en un allanamiento efectuado en el domicilio del comprador se procedió al secuestro de las cubiertas que le entregara Cuya, resultando de esta forma perjudicado económicamente.
En esta instancia de juicio abreviado el Fiscal le ofreció al imputado la calificación del hecho como “estafa” (art. 172 del C.P. ) con una pena de tres años de prisión en suspenso considerándolo autor penalmente responsable y teniendo en cuenta la unificación de los hechos. Por su parte el imputado no expresó objeciones, admitió tanto el hecho como su autoría, la calificación del mismo y la pena ofrecida.
Por último, el Juez Bustamante informó que se dará lectura a la sentencia el día 22 de junio a las 12.30.
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