
Suspenden por 50 días a la jueza Zagari por mal desempeño en la investigación del crimen de Atahualpa
Cómo lo había solicitado el Procurador General de la Provincia Jorge Crespo la Jueza Daniela Zagari fue suspendida por el Consejo de la Magistratura mal desempeño de sus funciones cuando investigó el caso siendo fiscal.

Jueza Daniela Zagari
La suspensión será por 50 días sin goce de haberes, es una medida mucho menor de lo que solicitaba los amigos, familiares y abogados del joven asesinado de un disparo en la espalda, el 15 de junio del 2008 en Viedma.
En los alegatos el Procurador para solicitar la suspensión, argumentó: “los hechos por los que se la acusa están absolutamente probados y acreditados: en esta causa cometió una disfuncionalidad, la del mal desempeño de sus funciones”, dijo el Procurador Crespo. Concretamente, puso el acento en no haber inspeccionado el local Mi Loka (último lugar en el que se vio con vida a Atahualpa) y haber demorado el cotejo del ADN a una campera encontrada en un allanamiento. Por la comisión de ambos pidió una pena de 50 días de suspensión sin goce de sueldo.
Dividió su alegato en la explicación de ambos hechos y dijo, en relación al primero que “las pruebas deben realizarse más allá del resultado que otorgue su consecución”. “La Dra. consideró que la inspección al bar era importante porque firmó el pedido de prueba pero nunca la despachó para que la misma llegara al juez de instrucción”.
En cuanto a la campera, apareció en el 2008, recién en diciembre de 2011 tres años después se dispone la medida de ADN y el 13 de junio de 2012 hay una ampliación del servicio de huellas genéticas donde llegamos a determinar el posible titular de esa prueba”, con ella se pide la requisitoria de elevación a juicio. “Esta inactividad perjudicó la investigación”, aseguró.
En cuanto a los atenuantes de la sanción mencionó que las condiciones de investigación no eran las mismas que en el presente, además “del tiempo que ha pasado y la falta de antecedentes”.
Por su parte, el abogado defensor manifestó que había que enmarcar las decisiones en el contexto de los elementos de prueba que tenían entonces. En referencia a la inspección al bar, mencionó que era importante la declaración de las personas, que fueron tomadas.
“Un fiscal puede decidir cuales son las medidas de prueba, pero en caso de equivocarse, ¿la van a condenar por eso?. El error es humano y el sistema tiene previsto en los procesos judiciales combatirlo con recursos y apelaciones”, argumentó.
Expresó además que la omisión de inspeccionarlo “no fue por indolencia, todos los testigos hablaron aquí de una excelente funcionaria”.
Recordó además que la querella que en aquel momento representaba a la familia tampoco la requirió.
En ese sentido homologó el caso al del ex Fiscal Falca, que estuvo a cargo de la investigación durante algunos días, tampoco la requirió y “fue sobreseido por el mismo hecho”.
En cuanto al cotejo de ADN expresó que con el, “debia conformar un cuadro probatorio mucho más fuerte, sólo esa prueba no hubiera alcanzado”.
Explicó además que la causal de mal desempeño implica una arbitrariedad y reiteraciones en una conducta y dijo que en el caso no las hay “en todo caso la están acusando por una supuesta negligencia o indolencia con lo cual no hay tipicidad en el caso”, expresó antes de pedir la absolución de su defendida.
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