
Se aprobó la creación del Código Procesal de Familia en Rio Negro
La Legislatura aprobó el proyecto de ley que establece el Código Procesal de Familia de la Provincia de Río Negro y su entrada en vigencia a partir del 2 de marzo de 2020.
La nueva norma es fruto de un trabajo realizado en el ámbito de la comisión de «Asuntos Constitucionales y Legislación General» por legisladores y por representantes de diversos sectores del Poder Judicial rionegrino, entre abril y junio del presente año.
Esta iniciativa atiende a la necesidad de dotar de las herramientas jurídicas adecuadas al Fuero de Familia, en consonancia con los institutos jurídicos surgidos con el advenimiento del Nuevo Código Civil y Comercial de la República Argentina.
Desde el punto de vista jurídico y de la técnica legislativa, incluida la utilización del lenguaje, se trata de un compendio normativo moderno y actualizado, a la altura de los cambios y transformaciones sociales que se han venido produciendo en nuestro país en los últimos veinte o treinta años.
El texto del proyecto señala que «en materia de derecho de familia, el marco regulatorio constituye un verdadero cambio de paradigmas, por lo tanto se prospectó el trabajo en ese sendero» y agrega que «buscando dotar a los operadores y operadoras del derecho que se desempeñan en el ámbito del fuero de familia de herramientas claras y uniformes que guarden congruencia con las características y singularidades de nuestra provincia».
La titular de la comisión de Constitucionales y Legislación General, Tania Lastra (Juntos Somos Río Negro), apuntó que Río Negro «es una de las pocas provincias del país que pensó una norma de estas características» y reafirmó que el Código comprende «reglas claras y uniformes al momento de abordar los conflictos familiares, los cuales se han multiplicado y diversificado».
En tanto, el legislador Nicolás Rochás (Frente para la Victoria) adhirió al destacar que «es producto de los mismos operadores del sistema, que serán los beneficiados por herramientas a todas luces necesarias y requeridas por los juzgados».
También en ámbito judicial y por una iniciativa de»Asuntos Constitucionales y Legislación General» , la cámara aprobó modificaciones al Código Procesal Penal de Río Negor, medidas que impactan sobre la cantidad de integrantes que debe tener un jurado que actúe en el juicios correspondientes.
Actualmente es unánime la postura a nivel nacional de integrar los jurados con 12 miembros, en todos los casos.
Sin embargo, cuando el aprobó el Código rionegrino se introdujo un jurado con (7) siete miembros -tomando en cuenta la positiva experiencia-, pero los postulados actuales llevan a readecuar aquella concepción inicial, y ubicar la norma provincial con el ordenamiento nacional y la postura de la Corte Suprema de Justicia.
Debe estar conectado para enviar un comentario.