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Santagati rechaza cualquier aumento en la tarifa de gas surgido de cambios en las relaciones contractuales de distribuidores con productores

En un reciente documento emitido por Adigas (Asociación distribuidores de gas), se manifiesta que de aprobarse el cambio en los plazos de pago a productores de 75 a 30 días se produciría un desfasaje financiero que los obligaría a recurrir a financiamiento externo con un elevado costo ocasionando por las altas tasas de interés vigentes, gastos que serían trasladados a las tarifas de los usuarios.

La posibilidad de trasladar costos surgidos de cambios en las relaciones contractuales de distribuidores con productores, es rechazada por la defensora del pueblo Santagati junto a sus pares de todo el país, entendiendo que nunca pueden ser los usuarios quienes carguen con las diferencias económicas derivadas de cambios en los términos de contratación.

Por este motivo, desde la Asociación de Defensores del Pueblo de la República Argentina (ADPRA) se trasladó al ENARGAS la preocupación de todas las Defensorías del país, a partir de las manifestaciones de las empresas distribuidoras de gas en el marco del proceso de consulta pública sobre la licitación para la compra de gas.

Vale recordar que los defensores del pueblo se opusieron al traslado a los usuarios del desfasaje causado por la devaluación del peso en el período abril/septiembre de 2018, cuestión planteada por distribuidoras en la última audiencia pública, y que luego diera lugar a la Resolución N° 20/2018 de la Secretaria de Energía ordenando el pago de los usuarios en 24 cuotas a partir del 1 de enero de 2019. En esa oportunidad desde ADPRA se presentó un recurso Jerárquico ante el ministro de Hacienda solicitando se revoque el acto impugnado alegando que la aplicación de cargos retroactivos a facturas ya abonadas por usuarios resultaba ostensiblemente contrario a lo dispuesto por nuestro Código Civil y Comercial. Finalmente se retrotrajo la decisión y se anuló el pago por parte de los usuarios.

En esta oportunidad, y ante el planteo de traslado a tarifas de cargos ajenos al servicio público de gas natural por red, desde ADPRA se peticionó al ENARGAS que el procedimiento que se apruebe tendiente a regular la compra de gas por parte de distribuidores a productores, en ningún caso genere cargos y/o costos extras en las tarifas, siendo insoslayable la convocatoria a audiencia pública para brindar a los usuarios información adecuada y veraz, así como el cumplimiento de los principios rectores en materia tarifaria de certeza, previsibilidad, gradualidad, razonabilidad y no confiscatoriedad exigidos por la Suprema Corte en el fallo CEPIS.







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