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Perdió un embarazo avanzado al chocar con una pala cargadora estacionada a contramano y un municipio fue condenado

La mujer circulaba en su vehículo particular por el boulevard Intendente Jesús Zuain. Según consta en el expediente judicial, transitaba de manera reglamentaria cuando se encontró sorpresivamente con una pala cargadora de gran tamaño, en dirección contraria al tránsito.

La máquina había sido dejada en ese lugar por un operario municipal, quien se ausentó del vehículo para abrir un portón e ingresar a un predio deportivo. El municipio alegó que la maquinaria se encontraba momentáneamente detenida, con las luces encendidas, y que la conductora habría circulado a una velocidad elevada. Insinuó que, dada la hora temprana, la conductora se había dormido. También cuestionó el uso del cinturón de seguridad por parte de la víctima.

Sin embargo, el juez rechazó los argumentos defensivos. Consideró acreditado que la máquina vial estaba estacionada de manera antirreglamentaria, obstruyendo la circulación vehicular. Para el juzgado, la conducta del municipio configuró una falta de servicio estatal, al no prever los riesgos evidentes que implicaba dejar una maquinaria de gran porte sobre la calzada sin medidas preventivas suficientes.

El accidente tuvo consecuencias graves: la mujer, que cursaba un embarazo avanzado de treinta semanas, perdió al bebé. A esto se sumaron lesiones físicas y secuelas psicológicas profundas. El informe pericial acreditó la existencia de un cuadro de estrés postraumático, con síntomas persistentes de ansiedad, angustia, trastornos del sueño y depresión. El hecho no solo implicó una pérdida afectiva irreparable, sino que además desencadenó un proceso de deterioro emocional a largo plazo.

La mujer relató que, luego de recibir el alta, comenzó “con la obsesión de querer tener un bebé. Intentamos por un año y medio”. Cuando volvió a quedar embarazada, “lo viví con mucho miedo”.

Por otro lado, refirió: “Me gustaba mucho manejar y eso lo perdí. Ahora no me gusta andar sola. Si puedo evitar manejar, también lo hago aún hoy”.

Además de establecer la responsabilidad del municipio, el fallo abordó el rol de la aseguradora estatal citada en garantía. La empresa reconoció la existencia de una póliza vigente al momento del hecho, con una cobertura inicial limitada por normativa administrativa.
No obstante, el tribunal declaró inconstitucional la resolución de la Superintendencia de Seguros de la Nación que imponía ese límite, por entender que resultaba lesiva del derecho de la víctima a una reparación integral. De este modo, se habilitó que la indemnización se calcule según los parámetros actuales y no con valores históricos desactualizados, aplicando intereses desde la fecha del hecho hasta el momento del pago.






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