Otro revés judicial para el ex comisario Luna, fue declarado culpable por estupro

“Le hemos dado crédito a lo declarado por la víctima”, sostuvo el presidente del Tribunal de Juicio, Guillermo Baquero Lazcano, al declarar culpable al comisario mayor Gustavo Luna por el delito de “estupro continuado” del que fue víctima una adolescente de 14 años de Viedma.

22 de agosto de 2024·4 min de lectura
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Otro revés judicial para el ex comisario Luna, fue declarado culpable por estupro
Otro revés judicial para el ex comisario Luna, fue declarado culpable por estupro

Respecto de la credibilidad de los dichos de la niña aclaró que “no se trata de un acto de fe ciega. Se ha valorado su relato cotejado con las evidencias. No se sintió víctima. No quiso perjudicar a Luna. Eso está más que claro. No se trató de un discurso incoherente sino todo lo contrario. Aportó detalles que luego fueron corroborados con prueba testimonial y documental”.

En la lectura del veredicto, el magistrado recordó que la defensa del imputado negó la existencia de estos hechos y dirigiéndose directamente a Luna le señaló “su defensa es la negación por la negación misma”.

También recordó lo asegurado por el comisario que dijo “estar preso por haber sido buena persona” acotando el juez que “lo cierto y probado es que se relacionó abusivamente con la víctima, una adolescente en situación de vulnerabilidad . Se aprovechó del vínculo de amistad con la familia. La víctima estaba a gusto y ese afecto especial la llevó a caer en el juego de Luna. Es un claro caso de asimetría en todo sentido entre uno y otro. Casi 40 años de diferencia: por un lado un hombre maduro de más de 50 años de edad y por el otro una adolescente con las hormonas a flor de piel”.

APROVECHARSE DE LA VICTIMA

El delito que se le imputa a Luna en este segundo juicio consistió en abusos sexuales cometidos mediante el aprovechamiento de la inmadurez sexual de la víctima que para el Tribunal estuvo dado no sólo por la edad del imputado -53 años al momento de los hechos- sino también por la situación de preeminencia del acusado sobre la víctima, la situación de vulnerabilidad de la menor de edad y el grado de amistad y confianza que el hombre había generado con la niña y con su familia.

La primera condena por “abuso sexual con acceso carnal” que pesa contra Luna es de siete años de prisión y fue dictada en 2020 a la que sobrevinieron cuatro años de impugnaciones. Esa sentencia está firme pero fue parcialmente anulada y por esa razón este segundo juicio, también por abuso sexual sobre la misma víctima.

En esta oportunidad los jueces Guillermo Baquero Lazcano, Alejandra Berenguer y Florencia Caruso Martín tuvieron por acreditado el delito de estupro, que ocurrió en forma continuada entre marzo y junio de 2019 en El Cóndor, con una frecuencia de entre tres y cuatro veces por semana. Los abusos sexuales ocurrían en el interior de alguno de los vehículos del imputado en una zona deshabitada cerca de la playa y también en su vivienda particular.

EL SIGUIENTE PASO JUDICIAL

La próxima instancia del proceso será la audiencia de cesura, en la que se discutirá y definirá cuál es la pena que deberá cumplir el imputado en función de este delito. Allí se deberán analizar en forma conjunta el abuso sexual con acceso carnal por el cual ya existe una condena firme, más el estupro que se acreditó ahora.

En la lectura del veredicto este mediodía, el juez Baquero Lazcano explicó que el Tribunal tendrá una acotada escala de penas para definir en la cesura: el máximo será de 7 años de prisión, que fue la pena impuesta en el primer juicio, y el mínimo legal será de 6 años de prisión que corresponde al delito de estupro.

El juez explicó el valor probatorio que, por unanimidad, el Tribunal asignó a las declaraciones de la víctima en Cámara Gesell, al testimonio de sus amigas, de su madre y de las operadoras de Senaf que formularon la denuncia que dio origen al proceso.

Luego valoraron los dictámenes de las psicólogas y demás peritos del Poder Judicial que intervinieron en el caso y finalmente tuvieron por acreditada la teoría de la fiscalía.
“Damos por desvirtuado el descargo del imputado. Está más que acreditada la existencia del hecho”, concluyó el Tribunal de Juicio.

Entre las valoraciones, el veredicto señaló que el excomisario “se relacionó abusivamente con ella, una adolescente en situación de vulnerabilidad, se aprovechó de la relación de amistad con la familia, ella le decía “tío”, había afecto y una relación especial y la adolescente cayó en el juego de Luna.

Es un claro caso de asimetría de un hombre maduro con una adolescente que hasta entonces sólo se había relacionado con chicos de su edad y que ni siquiera conocía los peligros de las enfermedades de transmisión sexual”.


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