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Le formularon cargos a Barreno por “violación de medidas dispuestas para impedir la transmisión y propagación de una pandemia”

Tal cómo se preveía el Ministerio Publico Fiscal formuló cargos contra Barreno por considerar que éste incumplió “las medidas adoptadas por el Presidente de la Nación y por la Gobernadora de Río Negro emitidas a través de diversos decretos destinados a evitar la propagación de la pandemia mediante el aislamiento social, preventivo y obligatorio; al encontrarse en la vía pública sin estar habilitado para circular”.

Según la Fiscal Maricel Viotti Zilli, el “18 de mayo, aproximadamente a las 8:15 horas, cuando Pablo Barreno, -Secretario Gremial del Sitrajur de la Primera Circunscripción- se presentó junto a otras dos personas en el edificio del Poder Judicial ubicado en Laprida 292 y alegando, dos de ellos su condición de representantes gremiales y el tercero como profesional de seguridad e higiene; incumplieron lo establecido en el Artículo 205 del Código Penal y las medidas adoptadas por el Presidente de la Nación en diversos Decretos de necesidad y urgencia”.

La calificación legal otorgada al delito, tal el mencionado Artículo, es la de “violación de medidas dispuestas para impedir la transmisión y propagación de una pandemia”.

La Fiscalía destacó en ese sentido que se llegó a la instancia de imputación luego de que fracasara “el intento del Ministerio Público Fiscal de encontrar una salida alternativa al conflicto tal como lo establece el Código Procesal Penal”.

“Hay muestras en el expediente de las actas que ostentan la aceptación de Criterios de oportunidad por parte de las otras dos personas lo que permitió el archivo de las causas, mientras que quien hoy está siendo imputado no quiso aceptar dicha medida alternativa para resolver el conflicto eligiendo seguir adelante con la causa penal generando consecuencias desproporcionadas al delito cometido”, destacó la Fiscal.

El imputado “no contaba con el permiso habilitante para circular ni se encontraba exceptuado por los mencionados decretos. Asimismo, si hubiera querido inspeccionar el edificio debía haber realizado previamente un trámite ante la Secretaria de Trabajo de la provincia de Río Negro que lo habilitara para ello tal cual lo efectuó con posterioridad al delito endilgado”, agregó.

Seguidamente mencionó el sustento probatorio con el que cuenta y solicitó el plazo legal previsto para completar la investigación penal preparatoria.

La abogados defensores Diego Sachetti y Juan Martín Palumbo, se opusieron a la formulación de cargos, aclarando que el hombre se encontraba allí en su calidad de legislador y explicando los motivos que habrían originado su presencia. No obstante el Juez de Garantías Juan Pedro Puntel tuvo por formulados los cargos aunque redujo el tiempo de investigación penal preparatoria a sólo dos meses.

Ambas partes plantearon revocatoria a sus determinaciones, la Fiscalía ante la reducción del tiempo de investigación y la defensa en relación a la aceptación de la formulación de cargos, dejando planteada -en este último caso- la reserva de impugnación.