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Hay una iniciativa parlamentaria contra la violencia y el acoso laboral

El legislador Elbi Cides (JSRN) presentó un proyecto de ley para que se prohíba en la Provincia, la violencia y el acoso laboral, en el ámbito de los tres poderes del Estado, entes autárquicos y descentralizados. Cides señaló que “el Estado tiene la obligación de cumplir los tratados de derechos humanos en toda la esfera

El legislador Elbi Cides (JSRN) presentó un proyecto de ley para que se prohíba en la Provincia, la violencia y el acoso laboral, en el ámbito de los tres poderes del Estado, entes autárquicos y descentralizados.

Elbi Cides

Elbi Cides

Cides señaló que “el Estado tiene la obligación de cumplir los tratados de derechos humanos en toda la esfera de sus funciones y debe fomentar programas y medidas de índole cultural y educacional para la promoción y protección de esos derechos”.

Se entiende por violencia laboral a todo accionar de autoridades y/o agentes públicos o terceras personas, que valiéndose de su posición jerárquica o de circunstancias vinculadas con su función, incurran en conductas que atenten contra la dignidad, integridad física, sexual, psicológica y/o social del trabajador o de la trabajadora, manifestando un abuso de poder llevado a cabo mediante amenaza, intimidación, amedrentamiento, inequidad salarial, acoso, maltrato físico, psicológico y/o social.

Por cada denuncia que se formule, se instruirá un sumario y se aplicarán las disposiciones estatutarias del régimen de empleo público al que pertenezca el sujeto denunciado. Si el cargo fuera sin estabilidad y no estuviera alcanzado por estatutos, el titular del organismo, determinará el procedimiento a seguir para formular la denuncia y designará una persona como instructora. En la instrucción del sumario se deberá garantizar el carácter confidencial de la denuncia.

La iniciativa prevé además, que ningún empleado público que haya denunciado ser víctima o haya comparecido como testigo de las partes, podrá por ello ser sancionado, ni despedido, ni sufrir perjuicio personal alguno en su empleo, manteniendo su remuneración habitual por todo concepto hasta la conclusión del sumario respectivo.

Como autoridad de aplicación, se propone a la Secretaría de Trabajo de la Provincia, quien reglamentará e instrumentará las acciones necesarias de prevención e intervención, en caso de promulgarse la ley.







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