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Confirman la sentencia que obligó a un vecino a reponer una cámara de seguridad dañada

El reclamo fue iniciado por la mujer en el juzgado de Paz y durante el proceso probó que un tanque de agua con filtraciones arruinó su sistema de videovigilancia. La sentencia fue apelada y recientemente confirmada.

La intervención judicial logró resolver un conflicto entre dos vecinos de Cipolletti y fijó una indemnización para la damnificada. La controversia se originó con la colocación de un tanque de agua cercano a la medianera, que además presentó una pérdida. A raíz de ese desperfecto una cámara de seguridad se mojó y dejó de funcionar.

Ahora, el hombre que colocó el tanque deberá indemnizar a la mujer, propietaria de la cámara, por la suma de 25.300 pesos más intereses. La cifra es equivalente al precio del aparato dañado. La resolución la tomó el juzgado de Paz de Cipolletti.

La primera intervención fue de la municipalidad quién registró, en una inspección, que el tanque de agua había sido colocado en un lugar no permitido. En consecuencia, el hombre debió retirarlo, pero la pérdida de agua ya había sido suficiente como para arruinar la cámara de seguridad.

En el conflicto intervino a título de perito un ingeniero, quien comprobó que el deterioro de una de las cámaras existentes tuvo origen en la caída o inundación de agua, sin posibilidad de reparación.

Como las partes no lograban arribar a un acuerdo, la mujer recibió el asesoramiento de la defensa pública y el hombre contó con el patrocinio de un abogado particular. De todas formas, no es necesario recurrir con profesionales del derecho para iniciar un proceso de menor cuantía en el juzgado de Paz.

La sentencia arribó a la conclusión de que el vecino, al momento de colocar el tanque de agua, tuvo el deber de prevenir el daño y no lo hizo. Por ello – al quedar acreditada su responsabilidad con toda la prueba presentada – ahora tiene la obligación de reparar el daño ocasionado.

La sentencia fue apelada. La damnificada consideró que la indemnización obtenida no alcanzaba a cubrir el presupuesto presentado. Sin embargo, el juzgado Civil N°1 convalidó el fallo de la justicia de Paz. Sostuvo que la cotización presentada en el expediente correspondía a un equipo compuesto por cuatro cámaras de videovigilancia. En cambio, en el caso solo quedó acreditado el daño en un solo dispositivo.






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