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Confirman la condena contra un policía de Patagones que le disparó por la espalda a un joven que ahora es policía

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El ocurrió el 28 de julio de 2012, poco antes de las 6, en el ingreso a un establecimiento rural ubicado en la ruta 3, kilómetro 959, Epul acudió a un llamado de emergencia de un colega, el sargento Diego Monteiro Villanueva, y realizó uno o dos disparos con su arma reglamentaria -sin motivo alguno y fuera del marco reglamentario- contra el joven Jonathan Guillermo Said Cauquoz, quien estaba de espaldas y a dos metros de distancia.

Solo por un milagro la víctima sufrió una herida leve en el brazo izquierdo.

La Justicia resolvió que la persecución y el procedimiento fueron «a todas luces ilegal y arbitrario» y se dio cuando Cauquoz.

«Toda la actividad policial fue abusiva», consideró.

La excusa para tratar de identificar al motociclista, que ingresaba en el campo de su padre, es que «iba a alta velocidad y no tenía ‘mucha’ luz», aunque una pericia determinó que las luces del vehículo funcionaban correctamente.

El padre de la víctima, que estaba en el campo, escuchó dos disparos seguidos y de esa manera derribó la hipótesis del acusado: que había sido un solo disparo y de manera accidental, porque se le había caído el arma luego de tropezarse.

Eso resultó «inverosímil», según los jueces, no solo por el testimonio sino porque el terreno estaba plano y nivelado.

A su vez, la trayectoria del disparo no denota que haya sido desde el piso, más allá de la diferencia de altura entre Epul y el motociclista.

Absolución revocada
Pocos años después del hecho, el Juzgado Correccional N° 2, entonces a cargo del doctor Gabriel Rojas, había absuelto a Epul, aunque en abril de 2017, la Sala I de la Cámara Penal revocó esa absolución, dictó la nulidad y ordenó un nuevo fallo con otro juez.

En consecuencia, en abril de 2018, el doctor José Luis Ares, ex titular del Juzgado Correccional N° 1.

Dicho veredicto fue confirmado, en marzo de 2020, por la Sala II de la Cámara y ahora ratificado por la Corte provincial, al desestimar el recurso planteado por la defensora del policía, Julieta Stordeur.

La jueza Kogan votó en primer término, con la adhesión de sus colegas.

Los cortesanos Hilda Kogan, Daniel Soria, Sergio Torres y Luis Genoud coincidieron en que no hubo «vulneraciones a las garantías constitucionales» del acusado y que solo se trata de «un mero criterio divergente».

Los caminos de la vida
Uniforme. Después de la traumática situación que le tocó vivir, Jonathan Guillermo Said Cauquoz decidió ser policía, aunque nunca quedó claro si ese incidente lo motivó.

Cambio. «Para ese entonces no era policía sino empleado de un frigorífico de Viedma», comentó una fuente judicial allegada al caso.

Neuquén. «Tengo entendido que se puso de novio con una chica de Neuquén e ingresó en la Policía de esa provincia», agregó el mismo informante.

FUENTE: La Nueva Provincia






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