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Condena de prisión efectiva a motociclista que atropelló y mató a un niño

La tarde del 26 de septiembre de 2020, en el cruce de la Avenida Cipolletti y la calle Bignami, el hombre de 40 años conducía una moto Honda de 600 cc. a una velocidad que los peritos determinaron entre 121 y 146 kilómetros por hora, siendo que en ese sector la velocidad máxima permitida era de 40 km/h.

El niño, por su parte, cruzaba la calle en su bicicleta, seguido desde atrás a pocos metros por su familia. El impacto de la moto lo arrastró más de 48 metros y finalmente la víctima salió despedida. Las graves lesiones le ocasionaron la muerte inmediata.

Tras declarar al motociclista autor del delito de “homicidio culposo agravado por el uso de un vehículo con motor y por haber obrado con culpa temeraria, excediendo en más de 30 km/h el máximo permitido en la zona”, los jueces le impusieron una pena de prisión efectiva, que el imputado comenzará a cumplir cuando la sentencia quede firme. Mientras tanto, el hombre deberá presentarse dos veces por semana ante las autoridades policiales o judiciales y deberá respetar una serie de pautas de conducta “bajo apercibimiento de disponerse su detención en caso de incumplimiento injustificado”.

Según establece el artículo 84 bis del Código Penal, el delito acreditado tiene prevista una pena de entre 3 y 6 años de prisión. En el juicio de cesura, la defensa del acusado pidió que se le imponga la mínima, mientras que la abogada querellante, en representación de los padres del niño, solicitó la máxima legal. La fiscalía, en tanto, pidió una pena de 5 años y 4 meses de prisión.

Luego de valorar las circunstancias agravantes y atenuantes del caso, los jueces Verónica Rodríguez, Emilio Stadler y María Gadano definieron una condena de 4 años y 5 meses de prisión de cumplimiento efectivo.

Como principales agravantes valoraron la edad de la víctima, señalando que era “un niño muy querido en su comunidad”; así como “la gravedad y modalidad del hecho” y el “mayor desprecio” por las normas que evidenció el conductor al triplicar la velocidad máxima permitida en el lugar. También consideraron que el motociclista es un “chofer profesional”, situación que “lo obligaba a extremar los cuidados en la conducción, atento la peligrosidad latente del vehículo que conducía”.

Como atenuantes, los jueces valoraron que el imputado no tiene antecedentes penales de ningún tipo, que es un hombre joven, padre de un niño pequeño, con trabajo estable y de quien dieron buenas referencias los testigos citados al juicio de cesura. Además, contemplaron que siempre estuvo a disposición del proceso y su comportamiento durante el juicio.






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