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Compró un celular en Viedma, tuvo una falla y le dieron otro, pero se lo cobraron cuando era cambio por garantía y condenan a Movistar

La empresa le ofreció una nota de crédito para usar en futuros consumos, pero el cliente rechazó la propuesta. Finalmente, no se pudo concretar la devolución íntegra y el doble pago quedó a cuenta de los cargos en las siguientes facturas.

Teniendo en cuenta el costo del teléfono y el abono mensual, no abonaría durante 20 meses. Sin embargo, en los períodos siguientes comenzó a ver una serie de cargos confusos en las facturas y resúmenes de cuenta. Además, cada 15 días le cortaban el servicio aludiendo falta de pago. Ante sus reclamos, lo reconectaban, pero le sumaban a la boleta el cargo por reconección. Además, lejos del saldo a favor, acumulaba deuda.

Realizó la denuncia ante Defensa del Consumidor, instancia en la que se le impuso una multa a la empresa. Luego, inició la demanda.

El fallo
La sentencia destacó que “la empresa demandada no brinda ninguna explicación en relación a los cargos que incongruentemente mes a mes va adicionando a los resúmenes de cuenta, limitándose a manifestar que son consumos que adeuda”.

Agregó que “de los resúmenes acompañados se observa que la empresa computa sucesivamente notas de créditos, anulaciones de pagos y pagos, sin especificarse las causas que a su vez aparecen cancelados en los siguientes resúmenes, y posteriormente resurgen acumulando deuda”.

Luego el fallo tuvo en cuenta que todo se inició cuando se le cobró indebidamente dos celulares y la suma total nunca le fue restituida al cliente, ni tampoco descontada de los resúmenes.

A su vez, destacó que “la empresa demandada ha incumplido con el deber de información impuesto por la ley de Defensa del Consumidor 24.240, atento a que surge de la facturas y de las comunicaciones vía correo electrónico, que frente al reclamo no fueron evacuadas debidamente sus consultas”.

Información que no se entiende
El juez también abordó la falta de datos precisos: “ante la engorrosa y contradictoria información aportada por la demandada en las actuaciones en sede administrativa se advierte que la empresa exige que el consumidor y los funcionarios interpreten y entiendan algo que ella misma no descifra”.

Es más, ni siquiera en Defensa del Consumidor pudieron comprender las planillas entregadas por la empresa: “el propio funcionario sumariamente señala que la seguidilla de créditos, reembolsos y anulaciones no se entienden cómo fueron aplicados a la cuenta del denunciante”.

De esta manera, “la demandada violó la obligación de brindar información adecuada para la continuidad del contrato, y de trato digno a su cliente”.

Finalmente, hizo lugar a la demanda y obligó a Movistar a tres indemnizaciones: por el daño material, por daño moral y en concepto de daño punitivo.